El lado B de la prostitución: Trata de personas
por Daniela Bonacic.
Ilustración por Akemi Paz.
Publicado originalmente en Revista Anagénesis N.7
Abril 2016
La Prostitución ha sido llamada el oficio más antiguo del mundo. Cada cultura percibe este trabajo de manera diferente y cada sociedad le asigna un rol específico. Asimismo, varía la legislación dependiendo del país, donde algunos adoptan el modelo abolicionista, prohibiendo la prostitución, mientras que otros abogan por los derechos de las prostitutas libres.
La prostitución femenina se puede analizar desde una perspectiva de género, ya que a nivel mundial la mayoría de las personas que se prostituyen son mujeres. Desde este lado, debido a la estructura de las sociedades patriarcales, es normalizada la necesidad del hombre de satisfacerse sexualmente pagando por utilizar el cuerpo de una mujer. Al sumarle a esto el modelo neoliberal, vemos que a través del pago por un servicio, se legitima la utilización del cuerpo, donde la persona no es vista como un todo y un fin en sí mismo, sino como un medio.
En la prostitución libre y voluntaria, existe una transacción comercial donde la mujer decide qué hacer con su cuerpo y lo utiliza como un medio de trabajo, tal como lo haría un deportista o una modelo (claramente con muchos mayores riesgos, en cuanto a salud y seguridad, entre otros). Pero he aquí el punto importante. La prostitución “libre y voluntaria”.
Existe también la prostitución forzada, y no es una exageración ni un mito. La prostitución forzada es la explotación sexual del cuerpo de otra persona con fines de lucro para quien ejerce esta actividad comercial. Es uno de los principales fines del delito de trata de personas (es decir el comercio de seres humanos con fines de explotación), que es la tercera actividad de crimen organizado más lucrativa del mundo, después del tráfico de drogas y de armas, con más de 30 millones de víctimas a nivel mundial. De esta cifra alarmante más de un 80% son mujeres y niños, de los cuales más de 24 millones son víctimas de la prostitución forzada y la explotación sexual.[1]
La prostitución entonces, puede ser de dos tipos; libre y voluntaria, o forzada. Para hablar de prostitución forzada entonces, es importante aclarar el concepto de trata de personas, que es el delito que se comete al explotar sexualmente el cuerpo de otra persona.
La trata de personas es “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”[2]
A este delito se le ha llamado la “esclavitud moderna”, o la “nueva esclavitud”, y aunque para algunos resulta curioso hablar de “esclavitud” en el Siglo XXI, lo cierto es que hoy existen más víctimas de trata, que las que existían en los tiempos de la esclavitud Africana transatlántica.[3] Son personas invisibles, privadas de sus derechos y se encuentran en todo el mundo, ya que no hay país que se libere de este crimen.
Luego de haber aclarado el concepto de trata de personas, se puede observar en la definición que uno de los fines de la trata es la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual. En estos casos la persona que ejerce la prostitución no lo hace de forma voluntaria, quedando expuesta a sufrir graves daños físicos y psicológicos: se estima que un 68% de las víctimas mujeres presentan el cuadro clínico de estrés post-traumático, y una gran mayoría presenta síntomas de trastornos asociados a elementos depresivos, ansiedad, trastornos adaptativos, sintomatología física, re-experimentación de lo vivido, temor a la venganza de parte de la red de trata, sensación de no controlar ningún aspecto de su vida, trauma por delitos violentos, culpa, vivencia de que la sexualidad no va a ser vivida de la misma forma, efecto de rebalse, y un autoestima e imagen corporal muy dañada.[4]
Estos son síntomas que no se dan cuando la prostitución se ejerce de manera voluntaria, por lo que se puede afirmar efectivamente que hay un elemento de coacción de parte del victimario, donde la víctima está siendo explotada ya que de tener la libertad de elegir, no estaría prostituyéndose. El tema de la libertad es engañoso ya que en muchos casos la víctima tiene una libertad aparente, donde no hay elementos visibles que permitan distinguirla de alguien que se prostituye voluntariamente, ya que puede que no se encuentren encerradas u obligadas físicamente a ejercer la prostitución. Sin embargo, existen elementos distintos de coacción por parte de los tratantes, como lo son la amenaza, la manipulación psicológica, y el abuso de la vulnerabilidad de la víctima, que simplemente no tiene redes de apoyo a las cuales acudir, por lo que no le queda otra opción que seguir prostituyéndose. Esto se da especialmente en el caso de las extranjeras que se ven desprovistas de sus redes sociales y familiares, que muchas veces no conocen sus derechos en el país de llegada, el idioma o el lugar geográfico.
El punto clave, es que para el consumidor que acude a estos servicios sexuales es prácticamente imposible distinguir entre una prostituta voluntaria, y una víctima de prostitución forzada. El tratante se encargará de disimular la explotación lo más posible para proteger su negocio y esto será más fácil en países donde la prostitución es legal, ya que es más simple disfrazar un negocio de trata de prostitución lícita, que esconder un negocio ilícito en su totalidad. Esto abre un gran debate sobre cuál debería ser la legislación de los países con respecto a la prostitución, más allá de su legislación sobre la trata. Es un debate complejo y extenso, donde existen corrientes que plantean que al ilegalizar la prostitución, las prostitutas voluntarias pierden sus derechos, mientras que otras plantean que al legalizarla se les está facilitando el trabajo a los tratantes. En Chile, la prostitución es legal, excepto para menores de edad, y el proxenetismo no es penalizado. La reciente Ley 20.507 que ha entrado en vigencia en Abril del año 2001, modifica el código penal, introduciendo el delito de trata en todas sus formas, criminalizándola y estableciendo elementos para la investigación y la protección de las víctimas durante la persecución del delito y el juicio. Es una ley que contempla la tipificación del delito, pero que deja mucho que desear con respecto a la prevención de este mismo y de la protección a las víctimas.
Más allá del debate de la legislación con respecto a la trata y a la prostitución, es importante considerar que el consumidor de la prostitución debe estar consciente de las implicancias de su demanda; la demanda por prostitución es lo que permite que exista el mercado ilícito de la prostitución forzada. En el sistema actual de libre mercado, es el consumidor el que tiene el poder de generar o no una cierta demanda. En un mundo donde comprar a una mujer o una niña para explotarla sistemáticamente en contra de su voluntad con este fin, cuesta tan sólo 90 dólares, cabe cuestionarse si vale la pena seguir optando por este tipo de servicio.
La prostitución entonces, tiene este lado oculto, donde más que una transacción comercial libre y legítima, existe la explotación de un ser humano donde se violan flagrantemente sus derechos. Los países deben tomar conciencia de este problema y legislar al respecto, pero no basta con esto; para prevenir la prostitución forzada, se debe educar a la sociedad con respecto a la equidad de género, combatir la discriminación, e informar a las personas sobre sus derechos, y a los consumidores de prostitución sobre los riesgos de esta actividad. Se debe avanzar en conjunto para lograr un cambio cultural profundo, que permita evitar estas graves violaciones.
[1] Kevin Bales, Disposable People, 2001
[2] Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.
[3] Kevin Bales, Disposable People 2001.
[4] Alcances Metodológicos de Intervención Psicológica a Personas Afectadas por Casos de Trata Interna y Externa con Fines de Explotación, Instituto de Criminología, Equipo Pericial CAVAS (Centro de Atención a las Víctimas de Atentados Sexuales), Chile
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